El fin de un complejo procedimiento jurídico contra el grupo Saphir establece que éste deberá indemnizar a Puig con 4 millones de euros, cerrando el proceso por infracción de marca, competencia desleal, publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena.
STANPA muestra su satisfacción tras el acuerdo indemnizatorio que obliga a Saphir al pago de la cantidad de 4 millones de euros a Puig en concepto de indemnización por daños, perjuicios y gastos.
Este acuerdo cierra el proceso judicial iniciado por Puig contra el grupo Saphir y sus marcas Caravan, Saphir e IAP por infracción de marca, competencia desleal, publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena. La sentencia a favor de Puig del Tribunal Supremo del pasado 16 de noviembre de 2016, en la que quedaba pendiente la concreción del importe de la indemnización, estableció que el modelo de negocio consistente en la imitación de perfumes utilizando marcas renombradas es ilegal y se incurre en competencia desleal por publicidad comparativa ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena.
Este no es el único caso similar, pues existen múltiples pleitos en torno al parasitismo de marca, todos condenatorios al infractor. Tanto la ley de Competencia Desleal como la Directiva Comunitaria sobre Publicidad Comparativa prohíben expresamente presentar bienes o servicios como imitaciones o réplicas de otros a los que se aplique la marca o nombre
comercial protegido.
Según Val Díez, Directora General de Stanpa, “Nos encontramos muy satisfechos con la dureza de la indemnización, que evidencia que en nuestra sociedad se reconoce la creación y se penaliza al que copia. Los jóvenes creadores necesitan este marco jurídico que les proteja de piratas y parásitos. Es muy positivo que haya mensajes claros de lo caro que sale el apropiarse de lo creado por otros y que los consumidores sean conscientes de que esto no es algo banal.
También los distribuidores y las tiendas, farmacias y peluquerías deben saber que es ilegal y pueden tener que afrontar responsabilidades legales por la venta en sus establecimientos de productos que se aprovechan de la reputación de las marcas ajenas.”
Las fragancias de imitación que comenzaron a proliferar hace unos años constituyen un acto ilegal de competencia desleal que pone en riesgo un sector con empresas generadoras de 35.000 empleos directos y 200.000 indirectos.
Por estas prácticas ilícitas y conductas desleales contrarias a la ética de la Asociación, Stanpa se vio obligada a expulsar de la misma al grupo Saphir en julio de 2016.
Stanpa es la Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética. Fundada en 1952, integra en la actualidad a más de 270 empresas que fabrican y distribuyen perfumes, cosméticos y productos de cuidado personal en nuestro país.

