La modificación de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, que debe ser adaptada a la Directiva de Servicios de la Unión Europea, establecerá que la instalación de grandes establecimientos esté sujeta a una única autorización, que integrará los trámites administrativos necesarios, según ha adelantado el ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián
La nueva disposición deberá ser adoptada por las Comunidades Autónomas antes de 2010.
Además de que la instalación de grandes establecimientos esté sujeta a una única autorización, el Ministro ha anunciado que se suprimirán los criterios económicos de otorgamiento de la autorización y el establecimiento de requisitos basados, de forma exclusiva, en el concepto de “razones imperiosas de interés general”.
En tercer lugar, el Ministerio tiene la intención de establecer, como regla general, la duración ilimitada de las autorizaciones y su otorgamiento por silencio administrativo positivo, a falta de resolución expresa. También se propone simplificar la regulación de los Registros Centrales de Ventas a Distancia y de Franquiciadores, sustituyendo la obligación de inscripción por una comunicación a posteriori del inicio de actividad.
Por último, el Ministro a advertido que se revisará la graduación de las sanciones y las cuantías de forma acorde con el tamaño de la empresa y su repercusión en el sector. Según ha señalado Miguel Sebastián, “la Directiva de Servicios consgra el principio de libertad de establecimiento, pero esta libertad no puede significar, en ningún caso, barra libre para instalarse dónde, cuándo y cómo se quiera”.

