Constituye el primer documento de programación. Para la aplicación eficaz del segundo pilar de la PAC, se contará con un Organismo de Coordinación de las autoridades de gestión
El pasado 13 de febrero, la Comisión Europea publicó la aprobación del Marco Nacional de Desarrollo Rural de España para el periodo que comprende desde 2014 a 2020. Se convierte en el primer documento de programación, consensuado con las Comunidades Autónomas, necesario para la buena aplicación de la programación de Desarrollo Rural para el horizonte 2020 en España.
Algunos de los elementos recogidos son comunes para distintas materias como: servicios de asesoramiento, gestión y sustitución de explotaciones agrarias; agroambiente y clima; agricultura ecológica; zonas con limitaciones rurales y otras limitaciones específicas; medias forestales; inversiones de mejora de las explotaciones agrarias; infraestructuras públicas de regadío; transformación y comercialización de productos agrarios; instalación de jóvenes agricultores, innovación y estrategia Leader.
Además el Marco recoge otros aspectos como: el cuadro financiero de la contribución anualizada del Feader a los programas de desarrollo rural en España; también se añade un mecanismo de transferencia de fondos entre programas, para aplicarlo en el caso de que exista riesgo de descompromiso; unas condiciones comunes a varias medidas (exclusión de la doble financiación, agricultor activo...); la delimitación entre las medidas del programa nacional y los programas de las Comunidades Autónomas; y un instrumento financiero plurirregional de adhesión voluntaria.
También se cuenta con un Organismo de Coordinación de las autoridades de gestión, encargado de que todas las actuaciones de las Administraciones que intervienen en la elaboración y en la ejecución de los programas de Desarrollo Rural se lleven a cabo de la manera más eficaz posible. También es una herramienta que permitirá asegurar la coherencia y la interlocución con las autoridades comunitarias.


