El aumento de capacidad, en especial la aprobación de las 44 tn, permitiría equiparar a nuestro país a otras economías europeas y a las empresas españolas operar en igualdad
AECOC ha solicitado al Ministerio de Fomento la aprobación del aumento de las capacidades de carga de los vehículos y más concretamente la entrada en circulación de vehículos de 44 tn y de trenes de carretera de 25,25 en configuración modular y con masa máxima de hasta 70 toneladas . Asimismo, desde la Asociación se considera también conveniente aprobar una altura máxima de los vehículos de 4,5m., sin restricciones sobre el tipo de vehículo a emplear.
La asociación dispone de informes que confirman que la aprobación de este tipo de medidas perminitía mejorar la productividad de las toneladas-kilómetro transportadas, así como de encuestas entre sus asociados que confirman el apoyo con que este tipo de iniciativas contarían por parte de la mayoría del sector.
Concretamente, el 90% de los transportistas asistentes al último foro de transporte de la Asociación se mostraron a favor de la aprobación en nuestro país del tren de carretera 25,25 por corredores especiales, siempre que se pague más por transportar 60tn que 40 o 44tn. Además, y en relación a las 44 tn, el 80% de ellos se muestra convencido de que sería
bueno porque nos haría ganar en competitividad y el 72% cree que, tras Francia, Italia, UK, Holanda, Bélgica, Portugal… ahora es el momento de España. Sólo un 13% considera que hay que esperar a que Bruselas armonice.
Según el estudio “Evaluación de la introducción de las 44 toneladas en España” elaborado por la Universidad Politécnica de Cataluña la introducción de las 44 tn permitiría ahorrar 350 millones de euros al año y reducir anualmente las emisiones de C02 entre 105.249 y 129.000 t/año. A los que hay que sumar la reducción de 91 millones de euros anuales en costes externos (fuente: INECO) y el menor impacto en las infraestructuras.
Asimismo, AECOC considera conveniente que la aprobación de la altura máxima de 4,5m se pueda llevar a cabo con carácter generar y sin discriminar a ningún tipo de vehículo. En este sentido, conviene recordar que esta altura máxima está autorizada en sectores como automoción o transporte intermodal, por lo que parece razonable admitir las mismas condiciones para un sector como el del gran consumo que representa el 70% de las operaciones de transporte de mercancías de carga completa.


