AICA divulga entre el sector vitivinícola los principales aspectos de la norma sobre los plazos de pago de la uva

El director de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), José Miguel Herrero, ha intervenido en diferentes jornadas informativas con el sector vitivinícola para explicar la aplicación de la Ley de la Cadena Alimentaria en el sector del vino y, en concreto, la Nota interpretativa elaborada por el Ministerio sobre la aplicación en los contratos de compraventa de uva de vinificación de los plazos de pago previstos en la citada Ley.  

En concreto, estos encuentros se han celebrado a lo largo del mes de julio en las localidades de Almendralejo (Badajoz), Jumilla (Murcia), Logroño, Villafranca del Penedés (Barcelona) y Valladolid. 

Según ha aclarado Herrero, la Nota interpretativa permite a los inspectores de AICA contar con criterios objetivos y claros a la hora de realizar sus inspecciones y comprobar el cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria.  

Para Herrero, “el principal objetivo de esta Nota es aclarar la interpretación del cómputo de los plazos de pago en las operaciones de compraventa de uva de vinificación”. Según ha explicado, el pago del precio acordado será de 30 días, que se empezará a contar desde el día de la finalización de la entrega de la uva.   

Además, el director de AICA ha subrayado que “en esta vendimia toda la uva entregada por los viticultores deberá contar con un contrato, un precio determinado o determinable, y ser pagada con un precio base, en un plazo máximo de 30 días”.  

Asimismo, Herrero ha asegurado que el Ministerio ha constatado “una buena voluntad para cumplir con los nuevos requisitos establecidos en la Ley de la Cadena”. En particular, “hemos recibido numerosas consultas de bodegas y viticultores en las que obser5vamos que existe voluntad de cumplir la ley”, ha reiterado. 

También ha anunciado que, coincidiendo con la próxima vendimia, AICA va a realizar inspecciones en el sector para comprobar la existencia de contratos en las operaciones de compraventa.

 

NOTA INTERPRETATIVA

Según establece el contenido textual de la Norma interpretativa, “el pago del pago del precio acordado, con sujeción a la normativa vigente, será de 30 días, siendo el día inicial del cómputo del citado plazo el de la finalización de la entrega de la uva”. 

“En aquellas Denominaciones de Origen, Indicaciones geográficas protegidas u otras figuras de calidad que, en las que en el momento de la entrega de la uva, no se conozca con exactitud si la misma reúne los requisitos exigidos en el propio contrato y deba realizarse, para ello, una validación de cosecha, si de dicha verificación resultare un precio superior al inicialmente pactado, el día inicial del plazo de pago de la diferencia hasta dicho precio, que también deberá estar previsto en el contrato inicial o ser incorporado al mismo, mediante el correspondiente anejo al contrato, es el de la comunicación fehaciente al comprador y al vendedor del resultado de la verificación”.

 

AICA

La Agencia de Información y Control Alimentarios es un organismo autónomo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente encargado de del control del cumplimiento de la Ley de Medidas para Mejorar el Funcionamiento de la Cadena Alimentaria, en lo que respecta a las relaciones comerciales, es decir, operaciones de compra-venta de alimentos y materias primas entre agricultores y ganaderos, fabricantes de alimentos y bebidas, y distribuidores del sector agroalimentario.